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Un grupo de adolescentes cubanos. Foto: Alexandre Meneghini/Reuters/Imagen de archivo.
Un grupo de adolescentes cubanos. Foto: Alexandre Meneghini/Reuters/Imagen de archivo.

Minint desinforma sobre circunstancias de trabajo infantil en Cuba

Por: Ernesto Eimil ReigosaPublicado: 8 de junio de 2024 - Actualizado: 11 de junio de 2024
Qué chequeamos: «El trabajo infantil es ilegal en Cuba y está terminantemente prohibido. La familia es responsable de evitarlo».
Fuente: Cuenta oficial del Minint en X
Fecha: 30 de mayo de 2024
Esto es incompleto porque...

Si bien por regla general el trabajo infantil en Cuba es penado y muy limitado, no es una actividad que está «terminantemente prohibida». Tanto el Código Penal como el Código del Trabajo establecen circunstancias excepcionales en las que los menores de edad pueden ser empleados.


Si tienes poco tiempo...

  • Tanto el Código del Trabajo como el Código Penal permiten el trabajo infantil bajo circunstancias excepcionales.

  • La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce como menores de edad a las personas menores de 18 años. 

El 30 de mayo de 2024, en la cuenta oficial del Ministerio del Interior (Minint) en la red social X se publicó: «El trabajo infantil es ilegal en Cuba y está terminantemente prohibido. La familia es responsable de evitarlo».

Este mensaje es cierto, aunque está INCOMPLETO. Si bien por regla general el trabajo infantil en Cuba es penado y muy limitado, no es una actividad que está «terminantemente prohibida». Tanto el Código Penal como el Código del Trabajo establecen circunstancias excepcionales en las que los menores de edad pueden ser empleados.

Estas circunstancias están descritas con mayor detalle en el Código del Trabajo. El artículo 86 de este cuerpo jurídico dice:

(...) el Director de Trabajo Municipal a solicitud del empleador, con el consentimiento de los padres o tutores, puede autorizar excepcionalmente a jóvenes de quince y dieciséis años de edad a trabajar, cuando está presente alguna de las circunstancias siguientes:

a) Sin arribar a la edad laboral, es egresado como obrero calificado o técnico de nivel medio (…);

b) posee dictamen médico que expresa su incapacidad para el estudio (…);

c) está desvinculado del Sistema Nacional de Educación por bajo rendimiento académico, que aconseja su incorporación al trabajo (…);

d) debido a dictamen de un centro de diagnóstico y orientación del Ministerio del Interior, que recomienda su incorporación al trabajo; y

e) otras causas establecidas en la ley.

El artículo 64, por su parte, añade que los jóvenes que hayan terminado sus estudios en la enseñanza profesional o de oficios pueden optar por trabajar. Según una nota de UNICEF Cuba, en estas escuelas se forman niños de 13 a 17 años. 

De acuerdo con el Código de Trabajo, el empleador debe velar por la correcta adaptación del menor al entorno laboral y realizar un examen de aptitud física y psicológica. La jornada laboral de estos menores no puede exceder las 7 horas, ni deben trabajar en días no laborables o hacer tareas que lleven nocturnidad o actividades peligrosas. En teoría, estos tienen los mismos derechos que el resto de los trabajadores.

El Código Penal, aunque establece penas de hasta seis meses a los adultos que empleen menores de edad, reconoce  también estas excepciones:

«No se exige responsabilidad penal, cuando la persona menor de diecisiete años de edad fue empleada con la autorización emitida en las circunstancias excepcionales definidas en la ley», establece el artículo 329.4.

La educación en Cuba es obligatoria hasta 9no grado, cuando la mayoría de los adolescentes tienen entre 14 y 15 años. A partir de los 17 años la regulación cambia y las limitaciones para el empleo son más flexibles.

La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce como menores de edad hasta los 18 años. 

Según el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, «terminantemente» es una palabra que designa algo que se hace de manera terminante o concluyente. Es decir, una acción que no admite otras alternativas. Como hemos visto, en la ley cubana sí están previstas esas alternativas para el trabajo infantil. 

El post del Minint iba acompañado de imágenes del programa de difusión de propaganda gubernamental Hacemos Cuba, emitido el día 29 de mayo. En este programa, la fiscal Lay Trujillo González también mencionó las prohibiciones del trabajo infantil, pero a la vez reconoció las ya mencionadas circunstancias excepcionales.

Escuelas en el campo

El régimen cubano ha empleado a menores de edad en trabajos no remunerados. Quizá la más representativa de las instituciones utilizadas para esto eran las llamadas «escuelas en el campo».

Este tipo de centros fue creado en 1972 por Fidel Castro. Según el medio Diario de Cuba, en esos primeros momentos se llamó «Escuela al Campo por 45 días», y consistió en la movilización de los estudiantes de las enseñanzas media y media-superior para trabajar en zonas rurales. La Escuela en el Campo fue la continuidad de la Escuela al Campo. Esa segunda modalidad incluyó a las Escuelas Secundarias Básicas (ESBEC), donde los estudios se combinaban con el trabajo durante todo el curso en internados construidos para albergar a los alumnos.

Hay que añadir que las autoridades cubanas no consideraban este tipo de actividad como «trabajo infantil», sino más bien como un «proceso formativo».

Sin embargo, testimonios de adolescentes que pasaron por esos lugares en el pasado describen un ambiente abusivo y de desprotección, algo que era común en esas escuelas. El narrador, artista visual y youtuber Nonardo Perea describe de la siguiente manera su experiencia: «(...) Puedo asegurarles que aquellas becas, eran solo campos de concentración donde el menor era expuesto a abusos de estudiantes y profesores. La supuesta noble imagen de “estudio y trabajo”(...), era, en las manos del régimen, un método de control (...)».

En la actualidad, muchas de «las escuelas en el campo» han sido reconvertidas en granjas, almacenes, o son utilizadas para actividades agrícolas, sin la presencia de estudiantes. Incluso el gobierno ha hablado de transformar estos edificios en viviendas para campesinos.

A pesar de esto, la institución como tal sigue existiendo, como se puede comprobar en la página web del Ministerio de Educación (Mined).

En un monitoreo de redes sociales, encontramos publicaciones que demuestran que estas escuelas continúan en funcionamiento. Por ejemplo, este post de inicios de marzo en Facebook, es de una ESBEC en Guáimaro, Camagüey.

Por otra parte, debido a la crisis económica, social y de derechos, el trabajo infantil en Cuba parece haber aumentado en los últimos años. Aunque esto no se puede comprobar, ya que las instituciones correspondientes no publican datos oficiales.

Sí son más usuales las denuncias de vulnerabilidad y desprotección de la infancia. Activistas y medios de comunicación han reportado de manera frecuente casos como estos en redes sociales.

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