Excarcelaciones tras giro en política de EEUU hacia Cuba: ¿“justicia” o control estatal?
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Las autoridades cubanas insisten en que son “liberaciones” demostrativas de la “naturaleza justa y humanitaria de los sistemas penal y penitenciario de Cuba”. Sin embargo, la excarcelación ocurre bajo las figuras de “licencia extrapenal” y “libertad anticipada”, “para mantener a los prisioneros bajo la espada de Damocles de un posible regreso a prisión si no se comportan”.
En estos casos las personas quedan bajo control de las autoridades, como funcionarios policiales, fiscales y jueces de ejecución. Por tanto, aunque estás personas no permanecen en establecimientos penitenciarios, la libertad de la que gozan en sus casas al lado de sus familias es limitada y controlada por el Estado, lo cual, en el contexto cubano, puede implicar en determinadas circunstancias su regreso a prisión, sobre todo si ejercen sus libertades de expresión y manifestación, entre otras, contra el propio Estado.
Tras el anuncio de la administración del presidente Joe Biden de que Cuba saldría de la lista de países patrocinadores del terrorismo, entre otras medidas, la cancillería del régimen de La Habana informó el martes 14 de enero sobre el “otorgamiento de libertad a 553 personas sancionadas por delitos diversos”, con mediación del Vaticano.
De acuerdo con la nota oficial cubana, las personas que serán liberadas “recibirán sus respectivos beneficios gradualmente”, pero las autoridades no informaron en detalle sus nombres, la naturaleza de sus condenas, cuándo ocurrirían las excarcelaciones ni bajo qué condiciones, advirtió en un comunicado la organización Justicia 11J.
La ONG que documenta las protestas y detenciones en el país, señaló que a pesar de que la declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, “no hace mención expresa a personas sancionadas por motivos políticos —en sintonía con la política estatal de negar la existencia de esta población penitenciaria, y con ello, conculcarles derechos como los de expresión, asociación y reunión—, en la nota publicada por la Casa Blanca sí se menciona que la Iglesia Católica informó que el Gobierno cubano pronto comenzará a liberar a un número sustancial de prisioneros políticos”.
¿Cuáles son los términos en que serán excarceladas estas personas?
Maricela Sosa Ravelo, vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular de Cuba, declaró en televisión nacional este 15 de enero que “no se trata ni de una amnistía, ni de un indulto”. “Porque eso conlleva la extinción total de la sanción. La persona no queda sujeto a ningún control por parte del juez de ejecución, además, no lo conceden los tribunales. En el caso del indulto es una facultad que tiene el presidente, como establece la constitución, y puede solicitar a la asamblea la amnistía”, precisó.
“En este caso son beneficios de excarcelación anticipada”, aseguró Sosa Ravelo. También mencionó que se incluyen personas que, por sus condiciones de salud o edad, recibirán “licencia extrapenal”.
La funcionaria —siguiendo la narrativa desinformadora del régimen cubano— negó la existencia de presos políticos en la isla, y mencionó que entre los delitos que cumplen las personas que serán liberadas, se incluyen, entre otros: hurto, amenazas, desórdenes públicos, patrimoniales y algunas “personas que fueron condenadas por sedición”, que según dijo “no es un delito político”.
El analista político y abogado cubano Eloy Viera Cañive señaló en un reciente video que “los tribunales y los jueces bajo su mando [de Sosa Ravelo] que dictaron las sentencias por sedición, como una de las justificaciones para las condenas pusieron que los manifestantes de las protestas de julio de 2021, exigieron el cambio del régimen político; y esos jueces y utilizaron el Artículo 4 de la Constitución cubana —que dice que el socialismo es irrevocable— para justificar sanciones de 20 y 30 años a jóvenes que salieron a las calles para exigir el fin del comunismo”. “Decir que no eso no es un delito político, para así evitar nombrar a los presos políticos, es como mínimo, irresponsable humana y políticamente”, añadió.
Excarcelaciones bajo condiciones ambiguas y sin garantía de libertad plena
Las autoridades cubanas insisten en que son “liberaciones” demostrativas de la “naturaleza justa y humanitaria de los sistemas penal y penitenciario de Cuba”.
Sin embargo, Raudiel Peña Barrios, abogado del Centro de información legal Cubalex, con maestrías en Derecho Constitucional y Administrativo y en Ciencia Política, declaró a Martí Verifica que “aunque se use el término 'liberaciones', no se trata propiamente de eso: son excarcelaciones. Estas no implican la liberación absoluta de las personas excarceladas, pues se están empleando modalidades previstas en la legislación cubana como la libertad condicional y la licencia extrapenal”.
“En estos casos las personas quedan bajo control de las autoridades, como funcionarios policiales, fiscales y jueces de ejecución. Por tanto, aunque estás personas no permanecen en establecimientos penitenciarios, la libertad de la que gozan en sus casas al lado de sus familias es limitada y controlada por el Estado, lo cual, en el contexto cubano, puede implicar en determinadas circunstancias su regreso a prisión, sobre todo si ejercen sus libertades de expresión y manifestación, entre otras, contra el propio Estado”, añadió el experto.
Peña Barrios señaló, además, que “el término adecuado para referirse a lo que está haciendo el Gobierno cubano tras los acuerdos con el Vaticano y el gobierno de Biden es excarcelación y no liberación, máxime cuando las propias autoridades cubanas han dicho que no se trata de indultos, como se hizo con papas anteriores, y menos aún una amnistía”.
Justicia 11J también señala que “más allá del justo alivio para las personas presas y las familias, estas excarcelaciones no disminuyen la naturaleza represiva del régimen cubano, que a menudo ha vuelto a encerrar a los disidentes que no se les someten. Muestra de ello son las detenciones de José Daniel Ferrer y Félix Navarro en el contexto del estallido social del 11J de 2021, ambos líderes opositores que fueron parte de los condenados en la Primavera Negra que habían sido excarcelados”.
La organización sostiene que aún cuando “celebramos las liberaciones que puedan ocurrir, exigimos que estas incluyan a toda la población de personas presas y detenidas por razones políticas. También denunciamos la práctica inhumana del régimen cubano de utilizar los cuerpos y la dignidad de las personas para obtener concesiones políticas y económicas, mientras continúa negando a sus ciudadanos derechos civiles y políticos fundamentales, y persigue a la sociedad civil”.
Por su parte, la ONG Cubalex, “insta a la comunidad internacional a no respaldar estas medidas sin cuestionamientos, y, en su lugar, exigir garantías concretas para las personas liberadas, así como presionar para que se respeten sus derechos. Es fundamental que la liberación de estas personas forme parte de un proceso transparente, en el que se asegure la libertad plena y el derecho a permanecer en el país si así lo desean”.
Johanna Cilano, investigadora de Amnistía Internacional también declaró en redes sociales que “el Gobierno cubano debe poner fin a la represión y garantizar los derechos a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica; así como derogar leyes represivas que criminalizan la protesta pacífica, la libertad de expresión y asociación”.
“Las personas encarceladas por ejercer sus derechos humanos nunca debieron ser criminalizadas, Libérenlas YA”, escribió en X.
Según una base de datos publicada este 16 de enero por Justicia 11J, han sido excarcelados 31 presos políticos hasta esta fecha.
Entre 2010 y 2011, la mayoría de los prisioneros políticos detenidos durante la Primavera Negra de 2003 fueron liberados y forzados al exilio.
En 2015, un nuevo grupo de 53 presos políticos fue excarcelado, y algunos de ellos también fueron enviados al exilio como única opción para escapar de la presión de la Seguridad del Estado cubano.
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Fuentes consultadas
Martí Noticias
Minrex
Casa Blanca
Justicia 11J
Cubalex
Amnistía Internacional
OCDH
elTOQUE
Televisión cubana