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Los largos apagones se han vuelto cada vez más frecuentes en Cuba. Foto: Reuters/Norlys Perez.
Los largos apagones se han vuelto cada vez más frecuentes en Cuba. Foto: Reuters/Norlys Perez.

De apagón en apagón en Cuba: ¿qué dice el nuevo Decreto 110?

Por: Marleidy MuñozPublicado: 3 de diciembre de 2024 - Actualizado: 3 de diciembre de 2024

Tras los habituales y prolongados cortes de electricidad en Cuba; así como varios colapsos del Sistema Electroenergético Nacional (SEN) que provocaron apagones masivos en la isla en los últimos dos meses, el Consejo de Ministros publicó el pasado 26 de noviembre en la Gaceta Oficial el Decreto 110 del 2024: “Regulaciones para el control y uso eficiente de los portadores energéticos y las fuentes renovables de energía”.

El decreto oficial se establece en medio de lo que las autoridades denominan “régimen de contingencia eléctrica”, lo que se traduce en apagones diarios de más de 10 horas en muchas zonas de todo el país. 

El anuncio de la imposición de “estrictas medidas” para reducir el consumo y sanciones por incumplimiento ha suscitado disímiles dudas entre la población. Martí Verifica explica algunos de los temas. 

¿Qué contiene el Decreto 110? 

El decreto tiene 6 capítulos y sus principales puntos son: normas que se establecen para “el control y uso racional de los portadores energéticos, así como las fuentes renovables de energía; las medidas punitivas que se aplicarán en caso de violaciones a lo establecido; los recursos de apelación y procedimientos para el pago de las multas impuestas; las normas para los llamados “consejos energéticos”; las medidas a tomar en caso de “contingencia energética”. 

“La normativa anuncia lo que realmente reconoce: el estado paupérrimo en que se encuentra (y planean las autoridades que estará) el Sistema Electroenergético Nacional (SEN) en el futuro inmediato (…) la norma no plantea un tránsito paulatino hacia energías más limpias mediante el fomento tributario o las inversiones estatales. Lo que establece es un catálogo de medidas aseguradas con sanciones administrativas para disminuir las cargas que hoy pesan sobre un SEN incapaz de suplir la demanda cubana”, explicó el analista político y abogado Eloy Viera Cañive, director de elTOQUE Jurídico. 

¿Cuándo se establecería un “estado de contingencia energética”?

La declaración de ese estado se justificaría ante una crisis de generación eléctrica —por falta de combustible o de plantas— “en los que ni siquiera mediante la rotación de los apagones entre diferentes circuitos se pueda evitar que algunas zonas del país sufran cortes de electricidad ininterrumpidos superiores a 72 horas”, resumió el citado medio. 

Aparentemente, no se contempla declarar este estado por los apagones resultantes de fallos técnicos, como los que llevaron a la desconexión total del SEN el pasado octubre, que provocaron 

¿Podría haber apagones planificados de hasta 72 horas? 

En el Capítulo VI, Sección Primera se establece la inclusión en la norma de un “régimen especial de contingencia eléctrica”, que de declararse permitiría a las autoridades –en caso de necesidad–, “afectar el servicio eléctrico de forma planificada y sostenida por más de setenta y dos horas” (Artículo 40.1).

El Artículo 40.1 indica textualmente: “El ministro de Energía y Minas propone al Consejo de Ministros el régimen especial de contingencia eléctrica cuando, el Sistema Electroenergético Nacional no logra satisfacer la demanda del sistema con la capacidad de generación, por lo que es necesario afectar el servicio eléctrico de forma planificada y sostenida por más de setenta y dos horas”.

Esta parte del nuevo decreto hizo saltar las alarmas de los cubanos que sufren hoy extensos apagones, sobre la supuesta posibilidad de que los cortes programados se extendieron por tres días. 

Al respecto, la Unión Eléctrica de Cuba (UNE), aseguró en redes sociales: “Es falso que exista la planificación de un apagón total en Cuba por 72 horas. Cada día la Revista Buenos Días de Canal Caribe y la radio cubana, informan la afectación real, por déficit en capacidades de Generación. NO ES CIERTO QUE SE PREVÉ APAGÓN TOTAL POR 72 HORAS”.

“No obstante, el reconocimiento de esa posibilidad en una norma jurídica es muestra ineludible del estado precario del SEN. Los redactores del Decreto 110 admiten expresamente que, dadas las condiciones actuales de la industria eléctrica cubana, no es irracional pensar que, sin la intervención de factores externos, el SEN podría no ser capaz de evitar apagones “sostenidos” y “planificados” —aunque los calificativos no los hagan menos doloroso— que superen los tres días en algunas partes del país”, precisó Viera Cañive. 

¿A quién está dirigido el Decreto 110?

La estrategia principal consiste, según la norma, en transferir una parte significativa de la responsabilidad de la generación de energía eléctrica a los denominados dentro del ámbito económico, “altos consumidores”: los “actores económicos estatales y no estatales” que, en los últimos 12 meses, hayan consumido un promedio mensual igual o superior a 30 MWh de electricidad ―equivalente a 30.000 KWh― o tengan un consumo mensual de 50.000 litros de combustible.

Según la prensa estatal, las nuevas medidas anunciadas en la Gaceta son aplicables a “los órganos estatales, los organismos de la Administración Central del Estado, los órganos locales del Poder Popular y sus entidades adscritas y subordinadas; las entidades nacionales; las organizaciones superiores de dirección empresarial, empresas y unidades empresariales de base; las empresas filiales; unidades presupuestadas; las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano; las micro, pequeñas y medianas empresas estatales, en lo adelante actores económicos estatales; los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, en lo sucesivo actores económicos no estatales; modalidades de inversión extranjera; oficinas de representación y sucursales de entidades extranjeras; dependencias u otras representaciones de instituciones extranjeras; organizaciones políticas, sociales y de masas; otras instituciones; sociedades civiles y organizaciones no gubernamentales, a los efectos de este decreto denominadas formas asociativas”.

Tras la entrada en vigor de la norma los considerados “altos consumidores” deberán cubrir mediante energía renovable (solar), al menos el 50 % de su consumo eléctrico durante el horario pico diurno, período en que ocurre la máxima demanda eléctrica del sistema eléctrico nacional comprendido entre las 11:00 a.m. y la 1:00 p.m. La medida debe implementarse en un plazo de tres años. 

En los casos donde las instalaciones no permitan la colocación de paneles fotovoltaicos, las empresas deberán contratar la potencia requerida en parques solares administrados por la Unión Eléctrica, según lo establecido por el Ministerio de Energía y Minas.

¿Las medidas también podrían afectar a la población en general? 

Aunque la aplicación del decreto está enfocada principalmente en empresas y entidades económicas estatales y no estatales, “resulta altamente improbable que un régimen de contingencia eléctrica pueda aplicarse exclusivamente a los actores económicos sin afectar directamente a la población general”, según se advierte en un análisis publicado por CiberCuba. Entre las causas se mencionan la interdependencia de actores económicos y los servicios a la población, prioridades estratégicas que excluyen al sector residencial y el impacto indirecto de las medidas. Detalles aquí. 

Cuáles serán las sanciones contra quienes incumplan las medidas de “control y uso de los portadores energéticos y las fuentes renovables de energía”? 

Las sanciones incluyen multas (de hasta 15 mil pesos cubanos y de 2.500 CUP en el caso de las entidades estatales); reducción del combustible asignado a las empresas estatales, o suspensión del servicio eléctrico por un máximo de 72 horas.

El decreto también detalla infracciones relacionadas con el uso de climatización y refrigeración, exigiendo temperaturas superiores a los 24°C en locales no tecnológicos y garantizando la hermetización de áreas climatizadas. Además, regula el uso de tarjetas prepagadas para combustible.

Sobre las violaciones, sanciones y cómo se hace el pago de las multas detalló la prensa estatal en este texto: ver enlace.  

El de Cuba es un sistema electroenergético “ya viejo, roto, cansado”, que no resolverá sus problemas con un arreglo parcial, “con banditas por aquí y por allá”, dijo en octubre pasado a Martí Noticias Jorge Piñón, director del Programa de Energía para Latinoamérica y el Caribe de la Universidad de Texas. “Es un problema estructural que, a corto plazo, no tiene ninguna solución”, y que requerirá años y una inversión millonaria para reconstruir su capacidad de generación eléctrica, afirmó el experto.


Fuentes consultadas

Decreto 110 del 2024

elTOQUE

Marti Noticias

CiberCuba

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