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Discurso público-Falso
Humberto López en la televisión estatal. Captura de pantalla/Archivo
Humberto López en la televisión estatal. Captura de pantalla/Archivo

Humberto López recicla amenazas tras protestas y miente sobre la Helms-Burton: «Un norteamericano va a dirigir todo»

Por: Marleidy Muñoz, Ernesto Eimil ReigosaPublicado: 20 de marzo de 2024 - Actualizado: 20 de marzo de 2024
Qué chequeamos: «No debemos olvidar que en el hipotético caso (...) [de] que pusieran fin a la Revolución, hay (...) para Cuba una Ley Helms-Burton. Cuba, en ese hipotético caso, llevaría un coordinador. Un norteamericano que va a dirigir todo (...). Y ese coordinador, como primera tarea, tiene: que se devuelva a los ladrones y asesinos batistianos todo aquello que habían robado a este pueblo (...). Es quizá donde vives hoy, es quizá tu casa, donde está tu escuela, hasta la tierra hay que devolverla».
Fuente: Revista Buenos Días de la televisión cubana
Fecha: 18 de marzo de 2024
Esto es falso porque...

Lo que afirmó Humberto López sobre un supuesto administrador norteamericano que vele por la transición en Cuba, no se establece en la Ley Helms-Burton.

Si tienes poco tiempo...

  • En un contexto de protestas cívicas, la propaganda gubernamental suele responsabilizar al Gobierno estadounidense y a cubanos en el exilio de promover y organizar las manifestaciones.

  • El oficialismo omite las demandas reales que han expresado muchos manifestantes en las calles, así como las causas de la persistente crisis económica que  lleva a la ciudadanía a salir a las calles pidiendo condiciones dignas de vida y «Libertad». 

Humberto López, miembro del Comité Central del Partido Comunista de Cuba (PCC)  y vocero oficial en la televisión nacional, vinculó las recientes protestas pacíficas ocurridas en varias localidades cubanas, con «intereses» de Estados Unidos para supuestamente controlar Cuba. 


En este sentido, el militante comunista aseguró el 18 de marzo en canales nacionales (VIDEO min.6.21): 

«No debemos olvidar que en el hipotético caso (...) [de] que pusieran fin a la Revolución, hay (...) para Cuba una Ley Helms-Burton. Cuba, en ese hipotético caso, llevaría un coordinador. Un norteamericano que va a dirigir todo (...). Y ese coordinador, como primera tarea, tiene: que se devuelva a los ladrones y asesinos batistianos todo aquello que habían robado a este pueblo (...). Es quizá donde vives hoy, es quizá tu casa, donde está tu escuela, hasta la tierra hay que devolverla». Estas afirmaciones son FALSAS. 


En un contexto de protestas cívicas, la propaganda gubernamental suele responsabilizar al Gobierno estadounidense y a cubanos en el exilio de promover y organizar las manifestaciones. El oficialismo omite las demandas reales que han expresado muchos manifestantes en las calles, así como las causas de la persistente crisis económica que  lleva a la ciudadanía a salir a las calles pidiendo condiciones dignas de vida y «Libertad». 

En este caso, las declaraciones de López en televisión nacional, intentan restar legitimidad a las protestas cívicas, a través de un discurso que desinforma. 

La Ley Helms-Burton no establece el nombramiento de un «coordinador norteamericano» que vele por la transición en Cuba

La  Cuban Liberty and Democratic Solidarity Act, conocida como Ley Helms-Burton, fue promulgada por Bill Clinton en marzo de 1996, después de que fueran derribadas por la fuerza aérea cubana dos avionetas de la organización Hermanos al Rescate y perdieran la vida cuatro civiles. 


La normativa establece algunas de las condiciones que deben garantizarse para que se levante el embargo y se restablezcan plenamente las relaciones entre La Habana y Washington. Además, de cómo sería la política estadounidense en relación con Cuba.


En la Ley se indica (sección 207) que para restablecer las relaciones económicas y diplomáticas entre EE. UU. y Cuba, es esencial que se cumpla la «resolución satisfactoria» de las reclamaciones por las propiedades que fueron expropiadas o confiscadas tras la llegada al poder de Fidel Castro en 1959. 


Sin embargo, lo que afirmó Humberto López sobre un supuesto administrador norteamericano que vele por la transición en Cuba, no se establece en la Ley Helms-Burton. Esta legislación señala «requisitos sobre cómo y cuándo puede considerarse que en la isla hay un Gobierno de transición o uno electo. No instituye el establecimiento de un interventor estadounidense que guíe el proceso», como se aclara en un texto publicado por elTOQUE Jurídico, especializado en leyes. 

¿Qué mención se hace en la Ley Helms-Burton sobre un «coordinador» estadounidense? 

En la Ley Helms-Burton la principal mención que aparece sobre un «coordinador» estadounidense es en relación directa con la provisión de «asistencia económica» a la isla. De acuerdo con la normativa, una vez que haya un Gobierno de transición o electo en Cuba, el presidente de EE. UU. puede implementar estrategias de asistencia económica y facilitar el comercio bilateral.

Además, según lo estipulado, el presidente de Estados Unidos podría designar a un «funcionario coordinador» que sería el encargado de implementar la estrategia para distribuir la ayuda económica, que sería canalizada a través de agencias federales, organizaciones no  gubernamentales, y otras privadas y voluntarias. El funcionario estadounidense debería garantizar que la entrega sea rápida y eficiente, supervisar y mediar entre las agencias implicadas. 

La Ley Helms-Burton también dispone que solamente cuando un Gobierno sea elegido democráticamente en Cuba, se podrá establecer un Consejo Conjunto EE. UU.-Cuba para la coordinación gubernamental entre ambos países; así como la relación con el sector privado. 

La Ley Helms-Burton no proporciona garantías legales para la devolución de propiedades a exiliados cubanos

La Universidad de Creighton (Nebraska, EE. UU.) recibió una subvención del Gobierno estadounidense para investigar posibles salidas y escenarios a las reclamaciones de propiedades estadounidenses en Cuba. La investigación concluyó con un reporte publicado en 2007 y actualizado en 2015.

Este informe clasificó a los reclamantes de propiedades confiscadas en Cuba después de 1959, en tres grupos: cubanos dentro de la isla, cubanos en el exilio y estadounidenses.


El documento define que las reclamaciones de cubanos dentro de Cuba es un asunto que le corresponde resolver a las leyes del país. Con respecto a los cubanos en el exilio asegura que sus demandas no tienen cabida bajo la ley internacional, ya que eran nacionales de la isla en el momento en que se realizaron las intervenciones. La mejor forma de reparación, sugieren, sería a través de la ley cubana una vez que ocurra un proceso de transición en el país.


Los reclamantes que eran estadounidenses en el momento de la expropiación tienen sus demandas protegidas legislativamente. Estas reclamaciones están ligadas al levantamiento de las sanciones.


A pesar de esto, es importante resaltar que la Ley Helms-Burton no es garantía legal de que algún día se devuelvan las propiedades de los expropiados por Fidel Castro.


Por otro lado, la propia legislación cubana reconoció el derecho de pago a las personas y empresas que fueron expropiadas. El artículo 7 del Decreto de Expropiación de Cuba de 1960 reconoció que los métodos y formas de pago serían regulados por una ley más específica.


La ley cubana estableció un sistema de pago en bonos del Estado que se considerarían como valores públicos y cuyas emisiones se harían por un término de 20 años. Algunas personas y empresas consideraron que esta forma de pago dilató excesivamente la indemnización, algo que a su juicio no cumplía con normas internacionales. Por esta razón y por la salida del país de los afectados en medio de un creciente clima de sovietización, muchos de estos pagos nunca se hicieron efectivos.


Según el abogado Eloy Viera Cañive, algunas personas y entidades no aceptaron los pagos porque esto implicaría renunciar definitivamente a sus propiedades. No se pensaba, en aquel tiempo, que el régimen de Castro se mantendría en el poder por tanto tiempo.


«No hay constancia de esos pagos porque en su mayoría no se hicieron», explicó Viera Cañive.


Sin embargo, hay registros que demuestran que el Gobierno cubano sí compensó a algunos expropiados. Una noticia de 1988 del diario El País confirmó el pago de las primeras 60 millones de pesetas a los afectados españoles. También se les han devuelto propiedades a la iglesia católica cubana, en un proceso que no ha recibido mucha atención de la prensa oficialista.


Sobre las compensaciones, el reporte de Creighton aclara: «Un importante principio de los mecanismos de reclamación de propiedades es que las demandas no afecten negativamente al pueblo cubano».


Por esta misma línea, el Gobierno estadounidense ha señalado la necesidad de la protección de «terceros inocentes», que en este caso serían, por ejemplo, las personas que residen en propiedades expropiadas. En 2006, la Comisión para la Asistencia de una Cuba Libre detalló sobre la importancia de asegurar a esas personas el derecho a permanecer en sus casas.


Los «terceros no inocentes» serían las empresas extranjeras que explotan una propiedad con pleno conocimiento de que es una propiedad expropiada. Es bajo esta consideración que algunas de las demandas amparadas en la Helms-Burton han prosperado en cortes estadounidenses. 


En su conferencia de prensa diaria, el Departamento de Estado respondió el 18 de marzo a las acusaciones de «injerencia» del Gobierno cubano: «Estados Unidos no está detrás de estas protestas en Cuba y esta acusación es absurda», dijo el vocero adjunto Vedant Patel.




Fuentes consultadas

Cuban Liberty and Democratic Solidarity Act

Decreto de Expropiación de Cuba de 1960

VIDEO Canal Caribe: Persiste Estados Unidos en su criminal política contra Cuba

Granma: ¿Influencers o prófugos?

elTOQUE Jurídico: «VA A VENIR UN COORDINADOR NORTEAMERICANO». HUMBERTO LÓPEZ MIENTE

The White House: Fact Sheet: Commission for Assistance to a Free Cuba

Universidad de Creighton: Report on the resolution of outstanding property claims between Cuba and the United States

Diario de Cuba: Confiscación, nacionalización y leyes revolucionarias

El País:Cuba hará el 28 de abril el primer pago por la expropiación a españoles en 1959

Voz Populi: Qué es la Helms-Burton, la ley que mantiene en jaque a las empresas españolas en Cuba

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VIDEO: Experto valora impacto de la Ley Helms-Burton para Cuba

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Entrevista al abogado Eloy Viera Cañive.

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